Vino a verme porque había heredado un piso de su tía. Lo que a priori suena como " Guay, que suerte¡¡¡" en el fondo es una putada: Aparte del desorbitado impuesto de sucesiones dado el grado de parentesco descubre que el piso lleva arrendado desde el año 1972 y que cobra por dicho arriendo 93 €, es decir, que le cuesta más los gastos de comunidad que lo que percibe mensualmente.
- ¿ Pero alguna forma habrá de poder recuperar mi piso, no? ¿ O al menos de cobrar un alquiler decente y que encima no me cueste dinero?
- Pues poco... estos arrendamientos se rigen por la Ley de 1964, y salvo contadísimas excepciones son vitalicios, es decir, hasta que no fallezca la mujer del señor que firmó el contrato poco hay que hacer... en cuanto a la actualización de la renta tres cuartas partes de los mismo.. si ya lo intentaron en su momento y se opuso alegando que no tenía medios poco puede hacerse actualmente...
Aún así y gracias a arduas labores de investigación propias de Mortadelo y Filemón ( las personas que tienen el chollo de encontrarse en el otro lado, es decir ocupando dichos inmuebles se aferran más a estas situación que los políticos a sus sillones) descubrimos que la buena mujer llevaba más de siete años criando malvas, y el piso en plena Castellana era ocupado desde hace casi una década por su hija, que ya rondaba la cuarentena y que para mas Inri es abogada, pero que por supuesto, a pesar de conocer a la perfección que venía obligada a comunicar dicho fallecimiento al propietario quien podría así recuperar la posesión de su piso el hecho de vivir casi de gorra es una tentación demasiado fuerte.
Y me pregunto una vez más ¿ Como es posible que la Ley permita esto? ¿ Como gobierno tras gobierno de todos los colores y sabores han permitido continuar con este despropósito preconstitucional que da pie a tales sinvergonzonerías y fraudes? Son innumerables los casos que he visto de abusos gracias a esta Ley de hace más de 50 años, y lo que te rondaré morena....
No hay comentarios:
Publicar un comentario